Micelio
Auto21 de febrero de 2001

A- de 2001

Ponente Alfredo Beltrán Sierra

Demandante Orlando Muñoz Navia

Tema · dato duro
Conflicto De Competencia
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Presidente De La Republica
  • Exceso en la potestad reglamentaria
  • Incompetencia para introducir modificaciones al decreto de tutela en materia de competencias
4 temas · 3 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Se inaplicó el Art. 1º del Decreto 1382 de 12 de julio de 2000, por ser contrario a la Constitución Política.

En consecuencia, se desató el conflicto de competencia suscitado entre el Tribunal Contencioso Administrativo del Valle del Cauca y el Juzgado Doce Civil Municipal de Cali en la tutela promovida por el ciudadano de la referencia contra la EPS Cafesalud, en el sentido de que conocimiento y decisión corresponde al primero de los organismos judiciales mencionados y no al segundo.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (5 puntos)
  1. Primero. Inaplicar, en relacion con la accion de tutela a que se refiere esta providencia el articulo 1o del Decreto 1382 de 12 de julio de 2000, por ser contrario a la Constitucion Politica conforme a lo expuesto en la parte motiva de este auto.
  2. Segundo. Dirimir el conflicto de competencia suscitado entre el Tribunal Contencioso Administrativo del Valle del Cauca y el Juzgado Doce Civil Municipal de Cali en la accion de tutela promovida por Orlando Munoz Navia contra Cafesalud E.P.S., en el sentido de que conocimiento y decision corresponde al
  3. primero. de los organismos judiciales mencionados y no al
  4. segundo.
  5. En consecuencia, remitase el expediente al Tribunal Contencioso Administrativo del Valle del Cauca (magistrado Fernando Guzman Garcia), para su tramitacion en forma inmediata.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

Cita a0
No cita providencias registradas.
Citada por0
Ninguna providencia la cita todavía.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.